Seguro de impago de alquileres

Dentro del mercado de arrendamientos de viviendas, hay seguros que protegen al arrendatario – propietario de la vivienda – y al inquilino.

Un seguro que cubre lo que el mercado hoy en día necesita:

 

*  El impago de alquileres, normalmente a partir del tercer mes de impago.

* Los daños ocasionados en el continente de la vivienda, el continente es la parte edificable de la casa / piso.

* La Defensa Legal /jurídica.

 

Y algún complementario más dependiendo del producto y de la compañía de seguros.

No es un seguro costoso, y sobre todo protege a las dos partes, de forma que puede ser pagado por una u otra parte.

 

El alquiler como es lógico de ser real, dado de alta.

Se pide documentación para el estudio del inquilino, normalmente dos últimas nóminas, Renta, avalistas, dni y todo ello de cada interviniente en el alquiler, ya que esta documentación debe quedarse en el expediente de cada contrato, para hacer uso de ella en caso de impago. Cuanta mayor información, mejor, ya que la operación se estudia por parte de la compañía de seguros, informando al tomador si es viable o no la operación con ese inquilino, ofreciendo otra seguridad al propietario, ya que en ocasiones se alerta sobre el inquilino que va a entrar en nuestra casa, aunque a veces, los propietarios muestran su disconformidad con ese criterio, que siempre se rige por información fidedigna y económica, por bases de datos, ficheros de morosos, etc…

 

Puede informarse en nuestras oficinas del Grupo Unisa del coste y garantías que puede contratar.

Por si les es necesario, les dejo un tipo de contrato de alquiler tipo, es sólo una copia y pega y añadir los daños necesarios del propietario y el inquilino.

 

 

 

 

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

 

De una parte, D. …………………………., mayor de edad, provisto de DNI ………………, con domicilio en C/………………………………

 

Y de otra, D. ………………………………….  mayor de edad, provista de DNI/NIE  ……………………….. con domicilio en  ……………………………..

 

 

 

INTERVIENEN

 

Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho, reconociéndose la capacidad legal necesaria para formalizar el presente contrato y en su virtud

 

EXPONEN

 

1.- Que D. …………………………………………… en lo sucesivo arrendador, es titular de una vivienda sita en ………………………….., en la planta ………………………., con referencia catastral …………………………………………………, y como tal tiene facultad legal para el arrendamiento de la vivienda indicada.

2.- Que interesando a d. ……………………………………… en lo sucesivo la arrendataria, alquilar dicho inmueble, llevan a cabo el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, en base a las siguientes:

 

ESTIPULACIONES

 

PRIMERA.- Régimen aplicable. El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante L.A.U) y se regirá por lo dispuesto en la misma y por lo pactado en este documento.

SEGUNDA.- Destino. Por el presente contrato, la parte arrendadora arrienda a la parte arrendataria, que la acepta, la vivienda antes descrita en el expósito I, en el estado que el arrendatario declara conocer y aceptar. La parte arrendataria destinará la vivienda arrendada única y exclusivamente a su residencia durante los días que esté vigente este contrato, sin que pueda darle otro uso distinto al expresado, dando a sus dependencias al destino normal para el que fueron arrendadas; y quedando expresamente prohibido ejercer en dicha vivienda cualquier actividad de comercio, industria o profesión colegiada o no, tomando en este mismo acto posesión de la vivienda.

Será causa de resolución contractual la variación en dicho fin sin autorización escrita de la propiedad.

TERCERA.- Duración. El plazo de duración del presente contrato de arrendamiento va desde el día 24 de marzo de 2013 a 05 de abril de 2013. Finalizada la duración pactada la arrendataria deberá abandonar el inmueble, sin necesidad de requerimiento expreso del arrendador, dejándolo en el mismo estado que tenía cuando lo ocupó.

CUARTA.- Renta. La arrendataria entrega en este acto la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS correspondientes a la cuota acordada por ambas partes, sirviendo este documento como la más firme y eficaz carta de pago.

En la misma fecha se hace entrega al arrendatario de las llaves de la vivienda, quedando desde este momento el inmueble objeto del presente contrato puesto a su disposición.

QUINTA.- Estado y conservación de la vivienda. Asimismo, la vivienda objeto de arrendamiento se entrega con la relación de mobiliario y demás enseres a cuyo buen uso se compromete la parte arrendataria, y que figuran como anexo 1 del presente contrato, estando el citado mobiliario en perfecto uso y estado, según reconoce la parte arrendataria y que por tanto ambas partes firman el precitado anexo como parte integrante del presente contrato.

Las pequeñas reparaciones que exista el desgaste por el uso ordinario de la vivienda y por rotura en mobiliario en estos días serán de cargo de la arrendataria.

Se prohíbe la tenencia de cualquier tipo de animal en la vivienda.

Finalizada la duración pactada, la arrendataria deberá dejar el inmueble en el mismo estado que tenía cuando lo ocupó, sin necesidad de requerimiento expreso por el propietario.

En todas estas materias, las partes se remiten a lo establecido en los artículos 21,22,23,24 y 26 de la LAU.

SEXTA.- Cesión y subarriendo de la vivienda. Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula SEGUNDA, la arrendataria no podrá ceder ni subarrendar total ni parcialmente la vivienda objeto del presente contrato sin autorización expresa y por escrito del arrendador.

SÉPTIMA.- Otras obligaciones de la arrendataria. La arrendataria queda obligada a:

En cuanto al uso de la vivienda y sus accesos, la arrendataria se obliga a respetar iguales derechos que otros tienen sobre su respectiva vivienda y accesos, conforme a los usos de buena vecindad y a responder de las infracciones que al respecto realicen quienes con ella convivan en la misma o accedan a ella, sujetándose a las normas de la Comunidad y en todo caso a las Ordenanzas Municipales. Queda prohibida la realización de obras y la modificación de instalaciones salvo que concurra la autorización previa y por escrito del arrendador.

No tener, o manipular en la vivienda materias explosivas, inflamables o insalubres, ni a realizar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas y a observar en todo momento las Ordenanzas estatales, autonómicas y municipales vigentes o que se establezcan en el futuro.

La arrendataria se obliga a permitir el acceso al piso, al propietario y a las personas y/o profesionales designados para la inspección y comprobación del estado de la vivienda y sus elementos así como en su caso para la realización de cualquier tipo de obra o reparación que pudiera ser necesario llevar a cabo tanto en la vivienda como del edificio del que forma parte.

La parte arrendataria es responsable, no sólo de sus propios actos, sino de los que cometan los ocupantes de la vivienda, tanto a los efectos de la cláusula anterior, como de una posible indemnización de daños y perjuicios.

OCTAVA.- Aval. No hay.

NOVENTA.- Fianza. No hay.

DÉCIMA.- Domicilio para notificaciones. Los contratantes señalan los siguientes domicilios para notificaciones, a los efectos del presente contrato:

El del arrendador: el indicado en el REUNIDOS del presente documento.

El de la arrendataria:

UNDÉCIMA.- Competencia jurisdiccional. Para cualquier divergencia, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales de Málaga, renunciando a su fuero propio si lo tuviere. Siendo por cuenta de la parte que incumpliera cualquiera de las obligaciones que se deriven del presente documento, los gastos judiciales que su conducta pudiera originar, incluyendo los honorarios de Letrado y derechos de Procurador, aunque su intervención no sea preceptiva, y ello por vía de indemnización.

Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, los intervinientes, en la representación que ostenta, firman por duplicado el presente contrato en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento (2hojas).

 

ANEXO I (Inventario)

Estructura de cama de matrimonio con colchón + 2 cojines rojos + Colcha + 2 mesitas de noche rojas con sus lamparitas blancas.

Estructura de cama doble infantil + 1 colchón + 2Almohadas + Sábana bajera + Manta

Lavadora, frigorífico, hornilla, termo y menaje de cocina.

Estructura de sofá cama sin cojines.

 

 

ARRENDADOR                                                                                ARRENDATARIA

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